- Amplió la estancia del niño con su padre para que saliera en una procesión
- El fiscal del TSJA ha pedido que declare el propio juez y ocho testigos
El juez Serrano (izq.) llega al juzgado junto a su abogado, en una imagen de archivo.
La Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha pedido diez años de inhabilitación y una multa de 5.400 euros para el juez de Familia sevillano Francisco Serrano por presunta prevaricación al cambiar el régimen de visitas de un niño para que saliese en una procesión de Semana Santa.
Fuentes de la Fiscalía andaluza han informado de que han imputado a Serrano un presunto delito de prevaricación del artículo 446.3 del Código Penal, por el que solicita una inhabilitación de diez años como juez y el pago de una multa de 12 meses con cuota diaria de 15 euros, lo que equivale a 5.400 euros.
Las fuentes han añadido que el escrito de acusación del Ministerio Público, presentado el pasado día 4 ante el juez instructor del TSJA, mantiene la misma tesis desarrollada durante la instrucción.
Así, la Fiscalía afirma que el juez de Familia 7 incurrió en un presunto delito de prevaricación al ampliar un día y medio la estancia de un niño con su padre divorciado, dada la supuesta oposición de la madre a que saliese en una procesión de la Madrugada del Viernes Santo de 2010.
El propio imputado y ocho testigos
Para el juicio, que se celebrará en los próximos meses ante un tribunal de la sala civil y penal del TSJA, el fiscal ha pedido que declare el propio imputado y ocho testigos, entre ellos los funcionarios del juzgado de Familia que intervinieron en el caso y las personas afectadas por el cambio del régimen de visitas.En su escrito, la Fiscalía no aprecia ninguna circunstancia modificativa de la responsabilidad penal y ha optado por la pena más baja prevista para este tipo de delitos, que se sitúa entre diez y veinte años de inhabilitación.
El juez Serrano acordó el 30 de marzo de 2010 cambiar el régimen de visitas del niño de 12 años, en lo que el juez instructor del TSJA calificó de "estratagema procesal" para conseguir que el asunto recayera en su juzgado y no en el encargado del divorcio de los padres.
Tal maniobra era "perfectamente advertible" por el juez, aunque él mismo no tuviese ninguna participación activa, según el auto de incoación de procedimiento.
http://www.elmundo.es/elmundo/2011/07/06/andalucia_sevilla/1309945502.html
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