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domingo, 10 de julio de 2011

Los juzgados reciben 40 solicitudes de custodia compartida en dos meses

Los órganos también constatan el aumento de las modificaciones de medidas que se inician al reclamar una rebaja de pensión
Las madres siguen copando las custodias individuales, con el 85% de las peticiones
09.07.11 -A. RALLO | VALENCIA
Un niño camina junto a su padre
Los cuatro juzgados de familia de Valencia han recibido en los dos últimos meses, desde que entró en vigor la ley de la Generalitat, 40 solicitudes de custodia compartida en los nuevos procesos de separación y divorcio, según los datos facilitados por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV).
La tendencia mayoritaria, que uno de los cónyuges pida la custodia individual, se mantiene. Durante el mismo periodo se presentaron 70 casos de este tipo. De igual modo, las madres siguen dominando esta estadística. En el 85% de los supuestos reclamaba este régimen de convivencia con sus hijos.
Estos datos hacen referencia únicamente a los procesos no contenciosos, es decir, de mutuo acuerdo, sin discrepancias entre las parejas. Estas peticiones ya se podían presentar con anterioridad a la ley, pero tras la entrada en vigor de la normativa, que recoge específicamente esta fórmula siempre supeditada al interés del menor y al cumplimiento de otros requisitos, la cuestión resulta más sencilla de obtener.
Otro asunto diferente son aquellas separaciones contenciosas. En este terreno resulta más complicado obtener datos porque las solicitudes de custodia compartida no están registradas como tal.
Además, existiría un tercer grupo, compuesto por las parejas que ya tenían una sentencia -anterior a la ley de la Generalitat- y que ahora alguno de los progenitores quiera solicitar la custodia compartida. En estos casos se pide a través de una modificación de medidas.
Las mismas fuentes confirmaron que se ha producido un incremento de este tipo de procedimientos. Lo habitual es que se inicien con una petición de la rebaja de pensión. El propósito final sería conseguir la custodia compartida a través de una rebaja de las pensiones de manutención a los menores. Por ejemplo, si un padre consigue la custodia compartida deja de pasar la pensión de manutención ya que corre con esos gastos a partes iguales que su expareja. No ocurre lo mismo con otro tipo de pensiones, como la compensatoria, o con los gastos extraordinarios, repartidos siempre al 50%.
La Ley de Relaciones Familiares de los Hijos Cuyos Progenitores No Conviven, conocida como de la custodia compartida, no ha estado exenta de polémica desde su aprobación por parte de la Generalitat. En primer lugar, la medida se puso en marcha sin un refuerzo de los juzgados psicosociales, los órganos encargados de realizar los informes sobre los menores y los padres.
Estas evaluaciones son decisivas a la hora de dictar la resolución judicial. La Conselleria de Justicia aprobó recientemente un incremento del personal de este servicio para hacer frente al previsible incremento de la demanda. De hecho, los informes se estaban demorando hasta ocho meses cuando el tiempo habitual antes eran dos o tres.
Posible inconstitucionalidad
Además, también planea sobre la ley valenciana una posible inconstitucionalidad. De hecho, el Gobierno ha presentado un recurso, que cuenta con el dictamen favorable del Consejo de Estado, al entender que la norma vulnera las competencias del Estado sobre legislación civil. A juicio del Ejecutivo, regula instituciones civiles que carecen de antecedentes en el ámbito de la legislación foral valenciana y, por lo tanto, excede las atribuciones de la autonomía.
El Consell, en cambio, defiende sus competencias en este ámbito recogidas en el Estatuto. El reciente recurso, que no paraliza su aplicación en la Comunitat, ha generado otro enfrentamiento más entre la Generalitat y el Gobierno por lo que se considera un «agravio».

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