■Madre e hija empezaron a golpearse y a tirarse del pelo hasta que una vecina intevino para separarlas.
■La menor sufrió una esquimosis y una herida en el labio inferior, erosión en la región escapular derecha y esquimosis en ambos muslos
Martes, 10 de Enero, 2012
La Audiencia Provincial de Castellón ha condenado a una madre a 33 días de trabajos en beneficio de la comunidad y a no acercarse a su hija de 13 años durante un año por haberle causado varias lesiones durante la pelea que siguió a una discusión.
También tendrá que realizar trabajos para la comunidad durante 33 díasLa sentencia, hecha pública por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), ratifica una anterior de un juzgado que considera probado que el 3 de julio de 2007, madre e hija iniciaron una discusión en el domicilio familiar con motivo de una "rebeldía de la menor" que se negaba a lavarse los pies antes de ponerlos encima de la mesa, tal y como le pedía su madre.
La hija,"lejos de obedecer a su madre, la desafiaba encendiendo la televisión en varias ocasiones", por lo que se "enzarzaron mutuamente" propinándose "golpes, arañazos y estirones de pelo" hasta que intervino una vecina para separarlas.
Como consecuencia de los hechos, la menor sufrió una esquimosis y una herida en el labio inferior, erosión en la región escapular derecha y esquimosis en ambos muslos, que precisaron para sanar siete días no impeditivos para el ejercicio de sus actividades habituales.
Recurso de apelación rechazado
No podrá acercarse a su hija a menos de 200 metrosEl juez consideró a la madre autora de un delito de violencia doméstica y la condenó a 33 días de trabajos en beneficio de la comunidad, o subsidiariamente, a tres meses y 23 días de prisión, y a la prohibición de aproximarse a su hija a menos de 200 metros durante un año.
A esta primera sentencia la madre presentó un recurso de apelación en el que solicitaba su absolución alegando errores en la valoración de las pruebas.
Aunque, en la sentencia emitida ahora la Audiencia considera que no existieron esos errores y ratifica la sentencia de primera instancia.
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