La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén ha obligado a una madre divorciada a pagar, junto a su exmarido, a partes iguales, la hipoteca de la casa adonde ésta vive con sus dos hijos menores, conforme a la obligación asumida en la escritura de constitución, según contempla la sentencia de la Sala, a la que ha tenido acceso Europa Press.
22 de enero de 2012
La foto procede del enlace:
- Condenan a una multa de 3.240 euros a la ex profesora de la UAL acusada de un delito de coacciones
Vistas del exterior de la Audiencia.
La foto procede del enlace:
- Condenan a una multa de 3.240 euros a la ex profesora de la UAL acusada de un delito de coacciones
Vistas del exterior de la Audiencia.
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén ha obligado a una madre divorciada a pagar, junto a su exmarido, a partes iguales, la hipoteca de la casa adonde ésta vive con sus dos hijos menores, conforme a la obligación asumida en la escritura de constitución, según contempla la sentencia de la Sala, a la que ha tenido acceso Europa Press.http://www.que.es/sevilla/201201221209-obligan-madre-divorciada-pagar-junto-epi.html
Así, según el fallo, y habiendo obtenido la madre de los niños la custodia sin perjuicio de la patria potestad compartida por el Juzgado de Violencia de Género de Jaén, la Audiencia estima que de la solidaridad en el pago no puede excluirse a un cónyuge, quedando exclusivamente obligado el otro al pago. Sin embargo, dicho juzgado había resuelto que el progenitor pagara íntegramente el préstamo hipotecario que grava la vivienda familiar.
En este sentido, la Sala ha señalado que las cuotas del préstamo hipotecario serán abonadas conforme a lo convenido por la escritura pública de la que derivan, y sin perjuicio todo ello del ejercicio de las acciones que cada uno de los litigantes considere, en relación a la liquidación de la sociedad de ganancias.
Al hilo de esto, se indica en la resolución de la Audiencia que el uso del domicilio familiar, situado en Torredelcampo (Jaén), se atribuye a la esposa e hijos, si bien los gastos que grava la propiedad, tales como el impuesto de bienes inmuebles (IBI) y los de comunidad, si la hubiere, se satisfarán por parte iguales, y los gastos de uso -agua luz y gas-serán de cuenta de la madre, al ser la usuaria del inmueble.
Por otra parte, la Audiencia ha revocado el fallo del Juzgado de Violencia de Género en cuanto a la pensión alimenticia fijada para los hijos, fijando en un total de 400 euros para ambos, cien euros menos de los que había previsto el mencionado juzgado de primera instancia.
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