Vamos al grano:
Articulo 9 CE, título preliminar: Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.Siempre he sido una persona progresista, me considero una persona de izquierdas, con lo cual creo que estoy libre de que alguien me pueda criticar de partidista. Ahora bien, he de reconocer que estoy dolido, es más, muy dolido. Yo nunca estaré en contra de que las mujeres tengan los mismos derechos que los hombres, en todo. Entiendo lo que supone la tremenda lacra de la violencia de género y sé lo que ésta puede llegar a suponer.
Ahora bien, no puedo pasar por alto algo que está sucediendo en nuestro país en relación a la mal llamada Ley de Igualdad y de Violencia de Género. Me temo que la gente (y los hombres) no están calibrando, el tremendo daño que a nosotros podría suponenos la aplicación de dicha ley.
Ni que decir tiene que la Ley de Violencia de Género no es igualitaria, aplica penas más altas a los hombres que a las mujeres por los mismos delitos. En contra de lo que dice nuestra Constitución Española.
Artículo 14 CE, capítulo segundo - derechos y libertades: Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra concidición o circustancia personal o social.Pues bien, tomando como referencia el art 14 Ce, ahora vamos con algunos de los artículos de la Ley de Violencia de Género:
Art: 153.1:"El que por cualquier medio o procedimiento causare a otro menoscabo psíquico o una lesión no definidos como delito en este Código, o golpeare o maltratare de obra a otro sin causarle lesión cuando la ofendida sea o haya sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, o persona especialmente vulnerable que conviva con el autor, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficios de la comunidad de treinta y uno a ocheta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación para el ejercicio de patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años".
Art: 57.2: "Cuando un Juez que esté conociendo de un procedimiento civil tuviese la noticia de la posible comisión de un acto de volencia de género, que no haya dado lugar a la iniciación de un proceso penal, ni a dictar una orden de protección, tras verificar que concurren los requisitos del párrafo tercero del artículo 87 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, deberá inmediatamente citar a las partes a una comparecencia con el Ministerio Fiscal que se celebrará en las siguientes 24 horas a fin de que éste tome conocimiento de cuantos datos sean relevantes sobre los hechos acaecidos. Tras ella, el Fiscal, de manera inmediata, habrá de decidir si procede, en las 24 horas siguientes, a denunciar los actos de violencia de género o a solicitar orden de protección ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer que resulte competente".
Art: 171.4: "El que DE MODO LEVE amenace a quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajo en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres años, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curantela, guarda o acogimiento hasta cinco años".
Art: 172.2: "El que DE MODO LEVE coaccione a quien sea o haya sido su esposa, o mujer que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad, aun sin convivencia, será castigado con la pena de prisión de seis meses a un año o de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a ochenta días y, en todo caso, privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a tres año, así como, cuando el Juez o Tribunal lo estime adecuado al interés del menor o incapaz, inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento hasta cinco años".
El Tribunal Constitucional se está viendo en la necesidad de aprobar una ley que vulnera claramente el principio de igualdad que recoge la Constitución Española. El problema es que ya ha habido casos en los que si un hombre dice a su mujer "te voy a matar", este tendría que ingresar en prisión. El caso contrario (que lo dijera la mujer al hombre) no supondría ninguna pena o, de haberla, sería leve.
La jueza de Murcia María Poza ha presentado varios recursos contra Ley, al entender que no se puede esperar corrección exquisita en una discusión de pareja donde entran en juego las pasiones y efectos pasados.
Y ahora, viene el caso más grave. Ya hay hombres con penas de seis meses por decirles a sus mujeres "vete a la mierda". Así lo atestigua la jueza María Sanahuja, ex decana de los jueces de Barcelona y asegura que "quien no se lo crea que vaya a los juzgados de lo penal" Añade además, que se vulnera la presunción de inocencia.
Las feministas, muy propio de ellas, se han echado encima de estas juezas y aquellas que imponen recursos a dicha ley. Además dicen que la mujer parte de una situación de desigualdad y añaden que no es igual el maltrato a un hombre que a una mujer. Debe ser que nosotros (los hombres) no somos tan humanos como ellas, digo yo.
Las feministas, muy en su línea, sólo creen que la discriminación es cosa de hombres hacia las mujeres y se otorgan a ellas mismas la exclusividad de víctimas. En su forma de ver las cosas, los hombres nunca son los maltratados.
Efectivamente algunos de los hombres matan a sus mujeres, aunque algunas mujeres sí lo hacen a los hombres es un número mucho más pequeño). Ahora bien, esa ley discrimina a los hombres, A TODOS LOS HOMBRES (tendríamos que vigilar nuestras palabras, mientras que nuestra pareja podría soltarnos los improperios que quisiera). Tal como está redactada, no permitiría a un hombre la posibilidad si quiera de protestar en una discusión de pareja (parece broma, pero va muy en serio). Muchas de estas feministas ya han dicho en medios como la Cadena Ser que "habría que empezar a hablar de violencia psicológica a las claras e imponer penas", pero eso sí añaden, "cuando son las mujeres las que la sufren".
Y aún hay más, mañana seguiremos con esto...
http://dios-zeus.lacoctelera.net/post/2008/04/16/un-vete-la-mierda-supondria-los-hombres-ingreso-en?mid=50100
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