La sentencia dicta que “siempre" que a la mujer le corresponda vivir fuera de la vivienda familiar, ésta se trasladará al inmueble alquilado por su marido
T. León/diarioDirecto 13/02/11
Una pareja divorciada de Sevilla con cuatro hijos, tres de ellos menores y un cuarto que acaba de cumplir la mayoría de edad, deberán turnarse la vivienda familiar cada seis meses. Así lo ha dictado el juez Francisco Serrano.
Según el auto judicial, el juez determina que los hijos permanezcan en el inmueble "mientras no se proceda a la liquidación de la sociedad de gananciales", mientras que el progenitor al que temporalmente no le corresponda estar con ellos será el que deba abandonar la vivienda, aunque podrá permanecer con sus hijos en fines de semana alternos desde el viernes a la salida del colegio hasta la entrada del lunes en sus respectivos centros escolares. Además, permanecerán en su compañía las tardes de los miércoles desde la salida del colegio hasta la mañana del jueves, en que los reintegrará a la entrada de clase.
El magistrado establece que sea el padre quien en primer término abandone el inmueble y alquile una vivienda que reúna las condiciones "idóneas" para cubrir las necesidades de sus hijos, en cuanto a mobiliario, dormitorios y servicios, todo ello dentro del mismo entorno urbano y, "en todo caso, en el lugar más próximo al domicilio de la familia".
En este sentido, ordena que, transcurrido el primer periodo de seis meses "y siempre" que a la mujer le corresponda vivir fuera de la vivienda familiar, ésta se trasladará al inmueble alquilado por su marido, "quien seguirá obligado a seguir pagando las rentas en concepto de contribución a las cargas familiares", ya que el padre cobra 6.000 euros mensuales frente a los 1.400 euros de la madre.
En concepto de contribución a las necesidades alimentarias de los hijos, el juez Serrano determina que ambos progenitores asuman los gastos ordinarios que se devenguen durante los periodos en que los hijos estén a su cargo. Además, asumirán por mitad los generados por educación, incluidas matrículas, clases particulares, libros, material escolar y excursiones, y por la atención sanitaria que no cubra la Seguridad Social.
Respecto a otros gastos "extraordinarios", se sufragarán en una proporción del 80 por ciento por el padre y el 20 por ciento restante la madre, "en consideración a su diferencia de ingresos salariales".
Hasta 2.900 euros de hipoteca
De otro lado, y respecto a la segunda vivienda familiar ubicada en una localidad almeriense, el juez de Familia Francisco Serrano establece un uso alternativo, aunque será el padre, "debido al notable desequilibrio de ingresos entre uno y otro cónyuge", quien asuma "íntegramente" el pago de las cuotas hipotecarias tanto de la vivienda familiar -2.500 euros mensuales de hipoteca- como de la segunda propiedad -400 euros al mes-.
http://www.diariodirecto.com/autonomia/andalucia/2011/02/13/pareja-divorciada-turnarse-casa-seis-meses-109142482280.html
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