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sábado, 28 de abril de 2012

Análisis de los datos del C.G.P.J. y las conclusiones del Observatorio 2011

Sábado, 28 de Abril, 2012
Tras la nota de prensa presentada por el Observatorio contra la Violencia Doméstica y de Género sobre los datos estadísticos judiciales del año 2011 realizados por el Consejo General del Poder Judicial, y tras las declaraciones que su presidente, Inmaculada Montalbán, ha realizado sobre los mismos, queremos hacer una serie de puntualizaciones y mostrar nuestras conclusiones al analizar estos mismos datos.
En la nota de prensa, de la cual adjuntamos enlace,
siempre se habla de víctimas y no de presuntas víctimas, como debería ser al no estar demostrada esta condición por sentencia alguna. En el cómputo de dichas sentencias, 52.294 en total, se muestra que el 39,9% han sido absolutorias, lo que significa que 20.891 varones han sufrido un proceso jurídico con pruebas insuficientes que, en muchos casos, se ha alargado de meses a años y que ha significado ostracismo social, separación de sus hijos, alejamiento de sus domicilios y en muchos casos, pérdida de sus empleos, además de los gastos ocasionados de defensa, alquiler de un lugar donde vivir, cuando no, de la ayuda de un profesional de la psicología que le ayude a asimilar semejante despropósito. Si estos casi 21.000 hombres inocentes (tan sólo en este 2011) no es suficiente para revisar una ley que conculca derechos fundamentales de personas, por razón de sexo, es que el estado de derecho y democrático de este país sufre de una enfermedad endémica llamada demagogia, y que justifica cualquier aberración jurídica para llevarse a cabo.
Con respecto al informe publicado por el mencionado Observatorio, hemos comprobado que en su realización se ha cometido un “error de bulto” que nos parece intolerable dada la cantidad ingente de presupuesto dedicado a este fin. Al parecer, nadie revisa a conciencia estos informes pese a la cantidad de personal adscrito a ello. Donde se menciona la forma de terminación en los juzgados de violencia sobre la mujer, en el apartado de otras, le atribuyen un 25% poniendo la cantidad de 130.761, que es el total de la suma de todas las formas de terminación. El número correcto sería de 32.746, que por otra parte, nos parece un número muy alto y del cual no sabemos a qué formas de terminación se refiere: archivo, desestimación de la denuncia, etc., pese a que hemos pedido aclaración al CGPJ sobre ello.

En el análisis de gráficas que hemos realizado, tomando todos los casos que han tenido forma de terminación y comparándolos con los publicados por el observatorio, comprobamos que las conclusiones a las que llegamos son muy distintas a las que la Sra. Montalbán y su equipo muestra en sus declaraciones:
Si tenemos en cuenta todos los procesos que han tenido una forma de terminación o que continúan el proceso iniciado, vemos que tan solo un 17,34% terminan en condena, y de éstas, casi un 20% son con conformidad, lo que significa un proceso de juicio rápido donde se coacciona al acusado con una amenaza de cárcel si no reconoce los hechos que se le imputan en ese mismo momento, y si los reconoce, la pena se le reducirá.
Habida cuenta de estos datos, a un 82,66% de los denunciados (sumando sentencias absolutorias, renuncias, sobreseimientos libres y provisionales, elevación a órganos superiores y “otras”), 149.694 personas, se les somete a tediosos y largos procesos penales con escasas garantías de sus derechos constitucionales, ya que la inmensa mayoría de ellos comienzan el proceso con la única prueba de la declaración de la supuesta víctima de malos tratos y tomándose ésta como suficiente para iniciar diligencias y medidas cautelares tales como privaciones de libertad, salidas del domicilio, órdenes de alejamiento, privación de custodia de los hijos, prohibición de visitas a éstos, etc. Sin contar con la ficha policial, la inclusión en una lista de “maltratadores” (conculcando así la presunción de inocencia y de la cual no se sale hasta la absolución o sobreseimiento libre) y las consecuencias de discriminación social que conlleva que se haga pública la acusación por maltrato sin haberse demostrado la misma y la imposibilidad de llevar a cabo cualquier labor pública por “padecer” de antecedentes penales.


Hemos analizado estos resultados en años anteriores y los números son muy similares. Cerca de 150.000 varones sufren cada año estos procesos con el mismo resultado y los legisladores y responsables judiciales y ejecutivos no toman carta en el asunto. Tampoco lo hacen con las peticiones que han recibido de realizar un análisis exhaustivo del número de suicidios que, por segundo año consecutivo (2009 y 2010), es la primera causa externa de defunción, con 3.145 muertes (2.456 hombres y 689 mujeres, por encima de los accidentes de tráfico), y que tampoco tienen en cuenta que la tasa de paro es mayor en el sexo masculino que en el femenino, llegamos a la conclusión de que en España la Igualdad es sólo una entelequia ya que uno de los sexos, en este caso el masculino, está siendo desprotegido en aras de una supuesta “discriminación positiva” que, por otra parte es innecesaria e inútil, ya que los asesinatos en el ámbito familiar no han disminuido, todo lo contrario, ha aumentado el número de víctimas varones en este sentido y tanto la discriminación laboral como salarial es más que dudosa según los datos del I.N.E y de las inspecciones del Ministerio de Trabajo.

http://www.feministasporlaigualdad.org/comunicados/archivos/analisis-de-los-datos-del-CGPJ-y-las-conclusiones-del-observatorio-de-violencia-de-genero-2011.html

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