París, 9 jun (EFE).- La Unión Estatal de Federaciones y Asociaciones por la Custodia Compartida (UEFACC), que reúne a hombres divorciados de España, ha anunciado hoy que ha denunciado ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos la Ley española contra la violencia de género y la normativa en la materia de Aragón y otras autonomías.
La ley española "contraviene derechos fundamentales" recogidos en la Constitución por tratar "de forma diferenciada" la violencia en una pareja según sea el autor hombre o mujer, ha explicado a Efe el portavoz de la UEFACC, Fernando Basanta.
Eso afecta, por ejemplo, a la resolución de divorcios porque con "una simple denuncia" por violencia de género se abandona la vía civil por la penal, con las consecuencias que eso tiene para la determinación de la custodia compartida que acaba perjudicando a los padres, ha señalado Basanta.
"Los poderes públicos están negando una realidad palpable" que es la de "las denuncias falsas", ha criticado el portavoz, quien ha precisado que la demanda ante el Tribunal de Estrasburgo se formalizó el pasado viernes sobre la base de un caso que había sido rechazado por el Tribunal Constitucional.
Ha añadido que acudirán a la justicia europea en futuros procedimientos por este mismo asunto cuando se agoten las vías de recurso interno en España.
En un comunicado, la asociación ha precisado que su "demanda colectiva contra España" va dirigida también contra la modificación del Código Penal de 2003 y las normas autonómicas sobre la violencia de género de Andalucía, Galicia, Aragón, Cantabria, Cataluña, Murcia, Canarias, Madrid y Castilla y León.
"Estas leyes rompen con el principio de igualdad y han desenterrado el derecho penal de autor, estableciendo una diferencia penal en los delitos y las penas, según sean imputados a hombres o a mujeres", ha argumentado.
También se ha quejado de que se creen "jurisdicciones especiales que persiguen a determinados colectivos, tal y como se hacía en la época más vergonzosa de la antigua Europa" y se establezcan "procedimientos sumarísimos, cercenando el derecho a la defensa y eliminando la garantía penal implícita en el procedimiento judicial, que exige la total separación entre la fase instructora y la resolutiva".
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