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jueves, 11 de noviembre de 2010

Un tribunal alemán decidirá sobre la custodia de unos niños de padre español

Bruselas, 9 nov (EFE).- El Tribunal de Justicia de la UE ha reconocido hoy la competencia de un juzgado alemán para dirimir un litigio sobre la custodia de los hijos de una pareja de hecho formada por una madre alemana y un padre español.
La máxima instancia judicial europea se ha pronunciado así tras ser consultada por el tribunal alemán acerca del posible conflicto de competencias entre éste y otra instancia española a la hora de resolver una disputa por la custodia parental, según explicaron hoy fuentes judiciales.
La corte de Luxemburgo ha reconocido la competencia del juzgado alemán tras concluir que el Tribunal de Primera Instancia de San Lorenzo del Escorial (Madrid) no decidió sobre el fondo del caso, cuando el padre solicitó la custodia de los dos menores y la restitución de uno de ellos a España como medidas provisionales.
El origen del caso se remonta a 2007, cuando la pareja de hecho se separó y acordó que la madre regresaría con los niños mellizos a Alemania, aunque ambos progenitores conservarían la patria potestad y la custodia de los niños.
Este convenio no fue aprobado por un tribunal, por lo que no tenía plenos efectos legales, explicaron las mismas fuentes.
Tras dar a luz, la madre partió a Alemania sólo con el niño y dejó a la niña hospitalizada debido al nacimiento prematuro de ambos mellizos, y el padre inició un procedimiento judicial en el citado tribunal español para reclamar la custodia de los dos menores y la restitución del niño.
Posteriormente, el padre llevó el caso a un tribunal regional alemán, que respaldó las medidas provisionales de reconocimiento de la custodia y restitución del menor dictadas por los jueces españoles, y la madre presentó un recurso de casación ante una instancia superior, el Tribunal Federal de Justicia de Alemania.
El Tribunal de la UE ya se pronunció sobre el litigio el pasado mes de julio, declarando que las medidas provisionales y cautelares "no estaban sometidas al sistema de reconocimiento y ejecución previsto por el Reglamento" y que por tanto el auto del tribunal español no debía reconocerse y ejecutarse en otro Estado miembro.
El proceso continuó con la solicitud de la custodia de ambos niños presentada por la madre ante el Tribunal de Primera Instancia de Estocarda (Alemania), que volvió a consultar a la corte de Luxemburgo.
En su sentencia de hoy, el Tribunal de la UE descarta que haya conflicto entre las decisiones de los tribunales español y alemán, ya que el objeto de ambas demandas fue diferente: la del padre pretendía obtener medidas provisionales y urgentes, mientras que la madre solicitó la custodia de dos niños.
Debido a que el juzgado español no decidió sobre el fondo del caso, los jueces alemanes pudieron considerar que no había otra resolución previa y no se vieron obligados a suspender de oficio el procedimiento, una medida prevista por la ley europea para casos en los que varias instancias traten un mismo asunto.
http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=582736

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