PERE RÍOS 26/09/2009
Justo Sáenz es presidente de la Confederación Estatal de Madres y Padres Separados.
El anuncio de que la orden ministerial que desarrolla la Ley del Cine primará a la hora de otorgar subvenciones a las películas dirigidas por mujeres ha reabierto el debate sobra la discriminación positiva y sus límites. Es una medida más de las que se aplican en España al socaire de la Ley de Igualdad de 2007, pero que provoca el rechazo de algunos sectores sociales por considerar que no están justificadas en España en pleno siglo XXI, porque pueden favorecer a colectivos que no lo necesitan o bien porque la iniciativa acaba siendo una simple soflama propagandística de cara a la galería y con intenciones electorales.
"Estamos acostumbrados a que la igualdad esté en los titulares de los periódicos y en los principios políticos, pero no se concreta nunca. Por supuesto que apoyamos las ayudas al cine hecho por mujeres, pero queremos que sea un procedimiento claro y objetivo, que no dependa de la voluntad de ningún tribunal, y eso es lo que todavía no se ha concretado", explica Inés París, presidenta de la asociación de mujeres Cineastas y de los Medios Audiovisuales (CIMA).
A falta de concreción, el anuncio realizado por el ministerio de Cultura es que, en igualdad de condiciones -se supone que de calidad artística- el proyecto cinematográfico dirigido o realizado por una mujer o cuyo guión haya sido escrito por una mujer pasará por delante del que presente un hombre.
Igualdad y discriminación positiva. Dos conceptos que en ocasiones se presentan antagónicos, explica Enoch Albertí, catedrático de Derecho Constitucional de la Univerdad de Barcelona. "La igualdad pura y dura es tratar diferente a los que no son iguales. La discriminación positiva es que, en igualdad de condiciones, se favorece a un colectivo determinado porque se considera que está en desventaja respecto a la media de la ciudadanía", dice Albertí. Parece lo mismo, pero no lo es, porque la discriminación positiva puede acabar vulnerando el principio de igualdad ante la ley que consagra la Constitución, explica el jurista. Y ésa ha sido, por ejemplo, una de las críticas que han realizado algunos directores de cine a las ayudas anunciadas para sus colegas femeninas.
Albertí insiste en que antes de aplicar una medida de discriminación positiva se debería explicar claramente cuál es la situación de desigualdad que la justifica y aclarar que esas ayudas tienen una duración temporal y se aplicarán hasta que se corrija la desventaja en la que se encuentra el colectivo afectado.
Es lo que sucede, por ejemplo, en Estados Unidos, cuna de la discriminación positiva desde la Ley de Derechos Civiles de la década de 1960. Cualquier medida en este sentido que se aplica en aquel país va acompañada de estudios y cifras que la justifican, del número de personas a las que afecta, y de su duración en el tiempo. Y, pese a ello, esas políticas han sido siempre cuestionadas y actualmente están perdiendo mucha fuerza, pues la igualdad social es cada día más evidente.
"En España nos hemos apuntado muy tarde a esas políticas de igualdad y sin que se haya producido un debate político en profundidad. Se ha hecho una Ley de Igualdad y a partir de ahí se están aplicando diversas medidas", explica Albertí.
Sólo el PP votó en contra aquella ley y la recurrió ante el Tribunal Constitucional porque establecía la paridad de las listas electorales, pero una sentencia zanjó el debate y avaló la obligatoriedad de que hasta un 60% de los candidatos sean de un mismo sexo y, consecuentemente, que un mínimo del 40% sean del otro.
En el caso de las anunciadas ayudas al cine hecho por mujeres, Inés París considera que están más que justificadas "para corregir las desigualdades que crea el mercado" y porque es un mundo que presenta índices muy elevados de desigualdad entre sexos. "Ocurre lo mismo en la minería o en el Ejército y nadie se queja igual", precisa. Para avalar sus palabras recuerda que sólo el 7% de las más de 1.000 películas que se han hecho en España en la última década fueron dirigidas por mujeres. Las guionistas de estas cintas fueron el 15% y sólo una de cada cinco las produjeron mujeres. Empar Pineda, histórica activista feminista y portavoz del colectivo Las Otras Voces Feministas, coincide con París en que esas ayudas están justificadas porque "hay profesiones o ámbitos, como el cine, en el que la presencia de mujeres ha aumentado, pero sigue siendo minoritaria".
En la polémica ha terciado hasta la ministra de Igualdad, Bibiana Aído, quien ha recordado que se incentivarán los proyectos cinematográficos dirigidos o realizados por mujeres igual que ahora sucede con las películas realizadas en catalán o por un director canario. Horas después de esas declaraciones, el Ministerio de Igualdad emitió una nota precisando que Aído "sólo pretendía llamar la atención por el hecho de que la polémica se genere sólo cuando las acciones positivas son dirigidas a mujeres" y que era "totalmente partidaria de fomentar el cine en catalán".
Lo que olvidó puntualizar es que en España se priman las películas en cualquier lengua minoritaria, sea catalán, gallego o vasco, precisamente porque son minoritarias, y que en el caso de Canarias las ayudas se justifican por su lejanía geográfica respecto a la Península Ibérica, que coloca a los directores de allí en desventaja. Ni en uno ni en otro caso el anuncio de las ayudas levantaron la misma polémica.
"Una cosa es discriminar personas y otra cosa es discriminar lenguas. Las razones no son las mismas y por eso no se pueden comparar ambas situaciones. De ahí que las palabras de la ministra me parezcan desafortunadas", opina Victòria Camps, catedrática de Ética de la Universidad Autónoma de Barcelona y que durante su trayectoria profesional ha destacado por la defensa del papel de la mujer en la vida política y denunciando su exclusión social y laboral. Camps defiende sin ambages la discriminación positiva. "Es necesaria porque todavía hay pocas mujeres en los lugares donde se debería visualizar la igualdad de sexos". Con todo, precisa que "debemos ir hacia un modelo en que se consideren los méritos de la persona, no el sexo". Por eso le parecería más apropiado hablar de que se primarán los proyectos cinematográficos de mujeres "en igualdad de méritos" a los de los hombres en vez de "en igualdad de condiciones", aunque más allá de la definición coincide en que se trata de conceptos de difícil concreción. "El tema es que a los hombres casi siempre se les supone o se les atribuye el mérito profesional por su condición de hombres y las mujeres lo tienen que demostrar", añade Camps.
Justo Sáenz es presidente de la Confederación Estatal de Madres y Padres Separados, lleva más de 30 años colaborando con organizaciones políticas y movimientos sociales a favor de la igualdad y desde 2003 concentra su actividad como profesor de primaria en programas de ese tipo en el País Vasco. Admite que es innegable que la mayoría de las películas que se hacen en España las dirigen los hombres, pero cree que debería explicarse "cuántas mujeres han querido hacer películas y no han podido y por qué". "¿Quiere decir eso que están menos capacitadas o tienen menos experiencia?", se pregunta "Claro que no. Por eso hay que analizar si existe esa situación de discriminación y cuál es su origen, porque a lo mejor lo que hace falta no es dar dinero sino aplicar otras políticas de formación".
Pineda también considera que los incentivos económicos han de ser siempre un traje a medida en cada caso. "Una misma norma no puede servir para todo y que la discriminación no tenga límites". El tema de fondo, dice Pineda, es qué entendemos por discriminación positiva, cómo y a qué grupos se aplica. "En muchas ocasiones son sólo soflamas igualitarias, pura propaganda que no va a ningún sitio y que acaba perjudicando a las propias mujeres, pues una parte de la sociedad no las entiende". Eso ocurre, según Pineda, con algunos aspectos de la Ley de Igualdad de 2007 que, entre otras modificaciones, introdujo las cuotas femeninas en las listas electorales. Otras pretensiones del debate de entonces, como la de reservar puestos para mujeres en los consejos de administración de las empresas, quedaron aplazadas.
Justo Sáenz considera que a principios de la Transición tenían sentido las políticas de discriminación positiva, porque las secuelas que había dejado el franquismo en las mujeres las situaban en una situación de evidente desigualdad. "Ahora habría que ser más cauteloso con esas medidas. Las mujeres ya superan a los hombres en muchos ámbitos profesionales y no necesitan que el Estado les haga de tutor como si fueran menores de edad. No estamos hablando de la España rural", dice Sáenz.
Paloma Uría, profesora de Lengua y Literatura ya jubilada, fue una de esas mujeres que lideraron el movimiento feminista tras la muerte de Franco. Ahora acaba de escribir un libro con lo que fueron aquellos años, "porque es bueno que se sepa de dónde venimos". Se declara partidaria de las medidas de discriminación positiva, pero admite que "es un tema bastante resbaladizo" y que "esas medidas han de ser muy consensuadas porque si no pueden generar el efecto contrario del que se pretende conseguir".
Uría recuerda que millones de mujeres quedan siempre al margen de esas políticas de discriminación positiva y que es a ellas a las que habría que ayudar. Por ejemplo, a las que tienen hijos y que piden una excedencia para cuidar de ellos o se recluyen en casa mientras su pareja se sigue promocionando profesionalmente. "Cuando ella vuelve al mercado laboral lo hace en situación de desventaja. Ahora parece que lo más feminista es pedir que aumenten los permisos de maternidad, cuando lo que hay que hacer es socializar el cuidado de los hijos y obligar a los hombres a que se impliquen en su crianza", afirma Uría. "Las feministas de entonces no pedíamos más permisos a cuenta del Estado, sino mejores servicios en todos los ámbitos, empezando por las guarderías".
¿Por qué en las ayudas al cine no se priman también los diversos oficios desempeñados por mujeres que intervienen en el rodaje de una película? Es una pregunta sin respuesta. "Se lanzan estereotipos para justificar la discriminación positiva y lo que se transmite en muchas ocasiones es una igualdad de salón que sólo beneficia a las clases medias. Las mujeres que se beneficien de las ayudas del cine ya tienen formación y no pasan penurias. Con todos los respetos, creo que no lo necesitan", explica Sáez. "¿Qué igualdad es ésa? ¿Por qué no se preocupa nadie de las mujeres que realizan trabajos domésticos ni se aborda en serio el tema de la prostitución, dos empleos de muy baja cualificación que sí necesitan de la discriminación positiva?", se pregunta.
Marian Caro, otra feminista con muchos años de militancia a la espalda y que colabora con la ONG Acción en Red precisa que "con el dinero público hay que ser muy escrupuloso. Igual que no se pueden aplicar políticas de discriminación positiva con inmigrantes sólo por el hecho de serlo, sino que se requiere que estén en riesgo de exclusión social u otras razones, no se pueden otorgar ayudas a mujeres sólo por su condición femenina". Caro coincide en que esas medidas sólo están justificadas cuando existe un problema evidente que debe abordarse.
Desigualdad legal entre sexos
La Constitución proclama en el artículo 14 la igualdad de los españoles ante la ley, "sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal y social". La práctica cotidiana es muy distinta al amparo de la ley y de la aplicación que hacen muchos jueces.
- Más cárcel si pega un hombre. El artículo 153.1 del Código Penal castiga entre seis meses y un año al hombre que golpee o maltrate a una mujer si es o ha sido su esposa. Si ese mismo delito lo protagoniza una mujer, las penas de cárcel previstas van de tres meses a un año. Hace unos días fueron juzgados en Barcelona el ex decano de los jueces José Manuel Regadera y su ex esposa por una riña conyugal que llegó a las manos. El fiscal pidió para él nueve meses y un día de cárcel y para ella siete meses.
- Más permiso de maternidad. Una mujer que acaba de dar a luz en España tiene derecho a 16 semanas de baja remuneradas al 100% si ha cotizado un tiempo a la Seguridad Social. El "otro progenitor", que es como lo define la ley, tiene derecho a un permiso de paternidad intransferible de 13 días retribuidos. Estamos muy lejos del resto de Europa, donde las diferencias entre sexos en esos permisos son mucho más reducidas. Y nada que ver con Suecia, el paradigma del Estado del bienestar, donde la pareja tiene derecho a 480 días de permiso, a disfrutar cómo y cuándo les vaya bien a ambos en los ocho primeros años de vida del niño.
- Custodia, pensión y casa. Las separaciones y divorcios que no son de mutuo acuerdo finalizan en el 95% de los casos con la atribución de la custodia de los hijos a las mujeres. Y ello va aparejado siempre de una pensión de alimentos en función de los ingresos del padre y de una pensión compensatoria para la madre si dejó de trabajar para cuidar de los niños. Además de la atribución de la vivienda familiar, aunque la estuvieran pagando entre los dos o la comprara él.
http://www.elpais.com/articulo/sociedad/discriminacion/positiva/bien/motivada/elpepusoc/20090926elpepisoc_1/Tes
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