Reunión de los lunes

Nos reunimos todos los lunes a las 20,30 horas en la C/Vinaroz nº31, entrada por C/Pradillo, MADRID ¡TE ESPERAMOS!

miércoles, 1 de septiembre de 2010

Niño que el Icbf le quitó a una humilde pareja deberá volver a su hogar, ordenó Corte Constitucional

Foto: Archivo / EL TIEMPO
La situación económica de los padres no puede ser motivo para perder a los hijos, dijo la Corte en el fallo.
Vea la sentencia de la Corte Constitucional
Fallo dice que bebé fue separado de sus padres y dado en adopción sólo porque ellos eran pobres.
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (Icbf) tuvo que echar atrás, por orden de la Corte Constitucional, su decisión de declarar el abandono y la entrega en adopción de un niño que fue separado de su familia al nacer porque, en criterio de funcionarios de esa entidad, el nivel económico de su sus padres no les permitía criarlo.
En un fallo de tutela, el alto tribunal le advirtió al Icbf que las condiciones económicas o educativas de una familia jamás pueden ser justificación para quitar la custodia de los hijos. Esta situación, dijeron los magistrados, "resulta inadmisible".
La Corte ordenó el regreso del niño a la casa de sus padres y, al Icbf, que atienda durante los próximos cuatro años todos los gastos que demanden su crianza y desarrollo. Ese apoyo debe incluir atención psicológica y jurídica a la madre del menor y visitas periódicas para constatar el estado de la familia.
"Privarlos de la patria potestad (a los padres) únicamente porque carecen de los recursos económicos suficientes o porque no disponen del nivel cultural o educacional adecuado, resulta una sanción injusta que desconoce la realidad (...) de miles y miles de hogares en países subdesarrollados como Colombia", indicó la Corte.
La madre, de 46 años, dio a luz al niño en abril del 2006 en circunstancias críticas. El bebé fue prematuro y presentó problemas pulmonares. Ella también tuvo complicaciones en el parto y el médico le ordenó reposo durante varios días, durante los cuales no pudo ir a visitar a su hijo. Eso sirvió de pretexto a una trabajadora social del Hospital El Tunal -donde ocurrió el caso- para denunciar el abandono del menor.
Cuando la madre pudo valerse para reclamar a su hijo, una funcionaria del centro zonal del Icbf le anunció que el niño iba a ser entregado en adopción. No le permitieron visitas y tampoco aceptaron que unos familiares se comprometieran a solventar la crianza del niño. Tampoco valió que los padres se mudaran de casa.
'Funcionarios arbitrarios'
La trabajadora social que atendió el caso -confirmó la Corte- fue destituida por el Icbf al comprobarse que incurrió en graves irregularidades, entre ellas, "recibir dineros para agilizar los trámites de adopción de infantes que estaban siendo objeto de investigación por situación de abandono".
Los padres entablaron una tutela contra el Icbf, que fue negada por el Juzgado 30 Civil del Circuito de Bogotá y la Sala Civil del Tribunal Superior. "El ser pobre no es ser indigente y eso no es un motivo para perder a su hijo", decían en su demanda.
El Icbf, por su parte, defendió la decisión de quitarles el bebé asegurando que el lugar donde vivían los padres no era adecuado, que no tenían apoyo familiar y que duró hospitalizado 67 días sin que ellos fueran a averiguar por él.
La Corte, en un durísimo regaño a la entidad, dice que la única justificación esgrimida por los funcionarios fue la pobreza de los padres y que el trámite administrativo para declarar la situación de abandono del niño se adelantó de manera superficial, sin respeto del debido proceso, presumiendo la mala fe de la pareja y aplicando medidas de protección "excesivas, desproporcionadas y arbitrarias".

'Padres también tienen derechos'

Los magistrados señalan en el fallo que para aplicar el artículo 60 del Código del Menor -la pérdida en el acto de la patria potestad- los funcionarios del Icbf deben tener "motivos poderosos" que justifiquen la separación de un niño de sus padres biológicos.
"Han de tener en cuenta los derechos prevalentes del niño o de la niña en cuestión, pero deben considerar igualmente los derechos de los progenitores biológicos a mantener los nexos recíprocos entre padres e hijos" -dice el fallo-, en casos como el del proceso, en los que los padres han demostrado su intención de cuidar y mantener a sus bebés.
http://www.eltiempo.com/colombia/justicia/nino-que-el-icbf-le-quito-a-una-humilde-pareja-debe-volver-a-su-hogar_7888229-1

No hay comentarios: