03-09-2010
Murcia, 3 sep (EFE).- La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por una mujer ecuatoriana que señaló que tenía que regresar a su país al no tener trabajo en España por la crisis económica y que pretendía que la hija del matrimonio viajara cada año a aquella tierra para cumplir el régimen de visitas.
"Tal pretensión --dice la Audiencia en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe-- no sólo implicaría imponer a una niña nacida en 2004, o a su padre, viajes anuales al continente americano, sino que perturbaría, sin duda, el tratamiento médico que viene siguiendo la menor, además de gravar económicamente a aquél".
Añade la Sala que atendiendo a los intereses de la pequeña, que son los que merecen especial protección, "resulta procedente atribuir su guarda y custodia al padre, con independencia de que la madre esté o no en España, reconociendo a favor de ella un régimen de visitas absolutamente flexible".
La sentencia rechaza el recurso presentado por esta mujer, a la que impone el pago de las costas generadas por el mismo.
http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=504175
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