COMISIÓN DE GÉNERO E IGUALDAD
DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS
El concepto género hay que entenderlo en un plano de igualdad de y entre hombres y mujeres.
El ejercicio de la sexualidad es un derecho inherente a la persona humana, sea cual sea su forma de ejercicio o expresión: homosexualidad, heterosexualidad y transexualidad. Ninguna forma de sexualidad será objeto de persecución o degradación.
Cualquier tipo de familia o matrimonio basado en las diferentes formas de sexualidad antes citadas ha de ser respetado y apoyado legalmente
REIVINDICACIONES JURÍDICAS
Aquellas leyes basadas en la discriminación de hombres o mujeres y en la discriminación por la manera de entender y ejercer la sexualidad entre personas deben ser abolidas
Relación de leyes discriminatorias por razón de sexo del ordenamiento jurídico español.
* Ley Orgánica 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modificó la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal Articulo 153 y 157 del Código Penal
* Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral
* contra la Violencia de Género así como el resto de leyes autonómicas promulgadas con el mismo contenido discriminatorio
* Código Civil . Artículo 92
* Abolición de los tribunales especiales en razón de sexo
* Trato igualitario de hombres y mujeres en los protocolos en caso de detención.
REIVINDICACIONES RELACIONADAS CON LA SALUD
* Trato igualitario de la salud para hombres y mujeres
* Trato igualitario de la salud reproductiva y no reproductiva
REIVINDICACIONES SOCIALES
* Custodia Compartida con carater general en los procesos de separación y divorcio
* Igualdad de derechos sociales para mujeres y hombres en caso de maltrato
* Igualdad de trato en los organismos oficiales para mujeres y hombres
SI QUIERES DEBATIR NUESTRAS PROPUESTAS ACUDE A LA REUNIÓN DE LA COMISIÓN TODOS LOS DÍAS A LAS 18.00
Recibido en el correo electrónico: custodiapaterna@hotmail.com
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