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lunes, 20 de junio de 2011

Tribunales. Revocan la pena de 9 meses de prisión a un hombre que forcejeó con su ex pareja y le imponen 180 ? de multa

La Audiencia de Cantabria ha revocado la pena de nueve meses de cárcel a la que fue condenado un hombre que discutió y forcejeó con su ex pareja sentimental y le ha impuesto en su lugar una multa de 180 euros, ya que entiende que no fue un delito de violencia de género, sino una falta de lesiones.

18 de junio de 2011
La Audiencia de Cantabria ha revocado la pena de nueve meses de cárcel a la que fue condenado un hombre que discutió y forcejeó con su ex pareja sentimental y le ha impuesto en su lugar una multa de 180 euros, ya que entiende que no fue un delito de violencia de género, sino una falta de lesiones.
De esta forma, la Audiencia admite en parte los recursos de apelación presentados por el hombre y la mujer, que también fue condenada por el Juzgado de lo Penal número 5 de Santander a 6 meses de cárcel por un delito de violencia doméstica y que deberá finalmente pagar una multa de 120 días por una falta de malos tratos.
Según la sentencia, los hechos ocurrieron en octubre cuando el hombre acudió al domicilio de la mujer a recoger el hijo de ambos. Entonces, se inició una discusión entre los dos, durante la cual él le dijo a ella "eres lo puto peor", a lo que ella respondió "ahora no te llevas al niño".
A continuación, se enzarzaron en un forcejeo mutuo y recíproco en presencia del menor. A consecuencia del mismo, la mujer sufrió diversos arañazos por los que precisó asistencia médica. Además, como su ex pareja le arrebató al menor, le agarró por la capucha del suéter y le tiró al suelo con el niño en brazos, sin que ninguno de los dos sufriera lesión alguna.
Aunque fueron condenados por sendos delitos de violencia de género y violencia doméstica, la Audiencia entiende que el hombre no agredió a su ex compañera sentimental y madre de su hijo, sino que fue ella la que le impidió llevarse al pequeño y la que "monta polémica y crea tensión". Considera así que el agredido es él, ya que le tiró al suelo cuando llevaba al niño en brazos.
Según la sentencia, la actitud del hombre no fue "machista" o "autoritaria". "No estamos ante una agresión machista, teñida de aquel sojuzgamiento, menosprecio y falta de autoridad típica de este tipo de agresiones", subraya el fallo judicial, al tiempo que precisa que se trata de "una discusión mutua que se va elevando de tono y termina con forcejeo mutuo".
Añade que esa discusión deriva de la actitud de la madre, "arrogándose facultades dispositivas sobre el régimen de visitas" pese a que la resolución judicial otorgaba la padre la tenencia del menor ese fin de semana.
Por ello, la Audiencia revoca la anterior condena e impone sendas multas de 180 y 120 euros al hombre y a la mujer, por faltas de lesiones y malos tratos, respectivamente.
http://www.que.es/cantabria/201106181733-tribunales.-revocan-pena-meses-prision-epi.html

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