Sevilla, 14 jun (EFE).- La Audiencia de Huelva ha otorgado definitivamente la tutela de una niña de 3 años, huérfana de madre, a su padre biológico y ha condenado a los tíos maternos de la menor a pagar las costas judiciales porque no aportaron prueba alguna que demuestre que está desatendida por su progenitor.
La Sección Primera de la Audiencia de Huelva, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, confirma la decisión anterior del juzgado onubense de La Palma del Condado, que otorgó la custodia al padre, y añade que los tíos no han demostrado "que se encuentre desatendida por su padre, ni la prueba practicada lo sugiere".
No se trataba de discernir si la pequeña estaría mejor con sus tíos, sino de algo que es "muy distinto, si su padre carece de las aptitudes precisas para desempeñar su función", lo que según la Audiencia no se ha demostrado.
La pequeña nació el 15 de febrero de 2008, poco después de que a su madre A.C.R. se le diagnosticara un cáncer de pulmón por el que finalmente falleció.
Dado que el matrimonio se había divorciado de mutuo acuerdo en junio de 2009, el padre S.M.R. tenía un régimen de visitas normalizado que, según su denuncia, la madre empezó a incumplir en los últimos meses de su enfermedad, cuando vivió en el domicilio de su hermana M.C.R. y su marido en Bollullos del Condado (Huelva).
Tras el fallecimiento de la madre en octubre de 2009, los tíos se negaron a entregar a la menor a su padre hasta enero de 2010, cuando lo hicieron por orden del juez de La Palma del Condado.
Finalmente, en mayo el juez dictaminó que la niña debía seguir con su progenitor, pues "ejerce correctamente su función parental, cuidando con el debido celo de las necesidades de todo tipo de la menor".
Ahora, la Audiencia Provincial atiende a la petición que hizo el abogado sevillano del padre, José Antonio Bosch, y condena a los tíos a pagar las costas judiciales en el juzgado de La Palma y en la apelación pues han sido desestimadas todas sus pretensiones.
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